Acompañamiento económico para arrendatarios en emergencia agropecuaria

El Programa de Recuperación Productiva para Arrendatarios tiene como objetivo acompañar y asistir a los productores arrendatarios bonaerenses declarados en emergencia y/o desastre agropecuario en los términos de la Ley N° 10.390 y modificatorias y su Decreto Reglamentario N° 7282/86.

El programa brindará una asistencia económica a los productores que no son propietarios, en forma segmentada según la escala y hasta un tope máximo de hectáreas en producción. La asistencia económica será similar a los beneficios que obtiene de Arba un productor propietario.

En el marco de la iniciativa, los beneficiarios recibirán como incentivo un aporte no reintegrable en función de la superficie arrendada, el porcentaje de afectación y el impuesto inmobiliario rural correspondiente a ese período.

El aporte no reintegrable se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Índice de afectación (IA) x Monto correspondiente al inmobiliario rural para el período comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de octubre de 2023.

Para afectaciones superiores al 80%, el índice de superficie/afectación se calculará de acuerdo a la siguiente escala: hasta 100 hectáreas, el IA será de 1; entre 101 y 200 ha, 0.8; entre 201 y 600 ha, 0.6; y entre 601 y 1000 ha, 0.4

En tanto, para afectaciones entre 50 y 80%, se implementará la siguiente escala: hasta 100 hectáreas, el IA será de 0.3; entre 101 y 200 ha, 0.24; entre 201 y 600 ha, 0.18; y entre 601 y 1000 ha, 0.12.

Se recibirán las solicitudes en la Secretaría de Producción de la Municipalidad de Dolores, de lunes a viernes de 8:00 a 13:00 horas. La documentación a presentar es la siguiente:

Número de certificado de emergencia (para esto es requisito necesario que el productor haya presentado Declaración Jurada).

Inscripción al AgroRegistro MiPyMEs (RESO-2020-7-GDEBA-MDAGP).

Contrato de arrendamiento rural de las partidas declaradas en emergencia y/o desastre agropecuario debidamente inscripto en los registros correspondientes;

Liquidación del impuesto inmobiliario rural e inmobiliario rural complementarios de las partidas alcanzadas correspondiente al año 2023.

Constancia de Clave Bancaria Uniforme (CBU) de su titularidad.

Para más información, por dudas o consultas escribir a: WhatsApp: 2245 508225
Mail: producciondolores@gmail.com  Facebook: @producciondolores